OSDE negocia con distritos
Hasta ahora solamente se acordó en dos lugares..
Ante la persistencia de la interrupción de los servicios a OSDE por falta de acuerdo en los nuevos valores contractuales, esta obra social comenzó a negociar con poco éxito y en forma individual con cada uno de los distritos de la Federación Bioquímica.
Hasta el momento la oferta de OSDE se ha plantado en una mejora arancelaria del quince por ciento más el reconocimiento del pago del Acto Profesional Bioquímico.
Esta propuesta ha sido aceptada solamente y hasta el momento por dos distritos y rechazada por el resto que pide mejoras más sustanciales.
Desde FABA se sigue con atención la marcha de estas tratativas y con espíritu de comprensión de las distintas situaciones de cada distrito.
FALLO CONTRA OBRA SOCIAL
La Cámara en lo Civil y Comercial Federal de la ciudad de Buenos Aires ordenó a una obra social realizarle un by pass gástrico a una mujer obesa, quien se ve en la necesidad de bajar de peso para ser sometida a una operación de columna vertebral.
Así lo resolvió la Sala I del Tribunal, que revocó una medida de primera instancia que había rechazado la operación porque no se encuentra contemplada en el Programa Médico Obligatorio (PMO) dispuesto por el Ministerio de Salud.
"Debe otorgarse primacía real al derecho a la salud que asiste a la actora, que se encuentra gravemente comprometida según explican los médicos tratantes", señalaron los camaristas en el fallo.
La mujer "presenta superobesidad, tiene una talla de 1,63 metro y pesa 146,2 kg, padeciendo, además, hipertensión arterial con picos reiterados", según señala el fallo.
"Sufre de sobrepeso y obesidad desde hace -por lo menos- 10 años y ha fracasado invariablemente en todos sus intentos por normalizar su peso. En los últimos meses presenta dolor lumbar que le impide la movilidad e incluso la estación de pie con parestesias en pierna izquierda", se agregó.
La opinión de los profesionales médicos expresada en el fallo asegura que la mujer necesita "el descenso de peso en forma urgente para poder realizar cirugía de estabilización en columna, la cual si se realiza sin el descenso de peso (...) va camino al fracaso".
En primera instancia, la Justicia rechazó la petición debido a que la práctica "aún no se encuentra incluida en el PMO, y por lo tanto luce como no exigible jurídicamente".
Ahora, los camaristas Francisco de las Carreras, Martín Farrell y María Susana Najurieta aseguraron que "no corresponde analizar pormenorizadamente -en esta etapa preliminar del proceso- la falta de inclusión de la cirugía bariátrica en el PMO que dicta el Ministerio de Salud, pues en el marco de las medidas cautelares debe otorgarse primacía real al derecho a la salud".
"El PMO no constituye una limitación para los agentes del seguro de salud, sino que consiste en una enumeración no taxativa de la cobertura mínima que los beneficiarios están en condiciones de exigir a las obras sociales", sostuvieron los camaristas.
Además, los camaristas se basaron en un informe del Cuerpo Médico Forense, que dictaminó que "la cirugía bariátrica está considerada dentro de las guías de práctica clínica como la solución adecuada para la problemática de la obesidad mórbida y que ya no se la puede considerar como un tratamiento en etapa de experimentación".
PREPAGA OBLIGADA
En tanto, la justicia federal mendocina ordenó a una empresa de medicina prepaga a reanudar una cobertura que había suspendido a una paciente de 23 años que estaba siendo tratada por bulinorexia (bulimia y anorexia), informó el abogado de la paciente Jorge Caloiro.
"Es la primea vez que a nivel nacional hay un fallo de estas características", manifestó Caloiro al dar a conocer la resolución dispuesta por la jueza Olga Pura Arrabal, del Segundo Juzgado Federal.
La presentación contra la prepaga Swiss Médical Group, se hizo el 14 de mayo "solicitando la reanudación del tratamiento que estaba realizando desde hace tres años una joven de 23 años (cuya identidad se reserva) que sufre de bulimia y anorexia y que al interrumpir la asistencia -fundamentaron- perjudicaba con riesgo la salud de la paciente", detalló Jorge Caloiro.
La justicia resolvió hacer lugar a la medida cautelar y ordenar a Swiss Medical Group, delegación Mendoza, proceda en el plazo de tres días "reanudar la cobertura total e integral del tratamiento que la joven realiza en la Asociación de Lucha contra Desórdenes Alimentarios (ALDA) entretanto se sustancie la causa y hasta que recaiga sentencia definitiva".
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