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Institucionales

PAMI: se complica la relación contractual
No se define la aplicación de un nuevo valor capitario que solucione el problema de las tasas de incentivo, tema por el cual se amplía la deuda.

En un momento se pensó que el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados realmente solucionaría el grave problema de los enormes atrasos en los pagos de las tasas de incentivo, que en algunos casos se remontan hasta 2007 y 2008, pero ya han pasado más de sesenta días de conversaciones y todo sigue igual, o en realidad peor, porque la deuda por ese concepto se sigue abultando.
Ya se ha dicho varias veces desde estas mismas páginas que el actual valor capitario del PAMI, junto a las tasas de incentivo, representan una remuneración aceptable, pero que en caso de que cualquiera de esos dos conceptos se atrasara, la retribución profesional se vería seriamente menoscabada. Y eso es precisamente lo que está ocurriendo.
La situación es particularmente grave en el caso de las Unidades de Gestión Local 8, 11, 29, 31 y 32, en donde se adeudan facturaciones de tasas de incentivo de 2007 y 2008, mientras que en el resto hay que hablar de una deuda cercana a un año.



Hay casos en los que después de más de un año de iniciadas las auditorías de real prestación, se pide la retransmisión de los mismos datos enviados originalmente, con lo que el trámite pareciera proyectarse hacia la eternidad.
La CUBRA lleva adelante, junto a FABA y otras federaciones bioquímicas provinciales, intensas negociaciones con el PAMI. La obra social había dejado entrever ya hace algo más de dos meses que daría una rápida salida al pago de las tasas de incentivo atrasadas, cuyas liquidaciones quedan entrampadas, como se sabe, en eternas auditorías, y que definiría un nuevo valor capitario incorporando de hecho una tasa de uso más cercana a la real, por lo que el ítem de las tasas de incentivo se vería reducido de cara al futuro.
Nada de eso ha pasado pese a los reiterados anuncios de parte del Instituto. Si durante marzo no se producen las esperadas novedades, la Federación Bioquímica de la Provincia de Buenos Aires saldrá públicamente a denunciar esta grave situación, marco en el que se podrían decidir medidas que nadie quiere tomar y que resentirían la atención de los beneficiarios del Instituto.

Prepagas

Por otra parte, la Federación Bioquímica continúa las tratativas con obras sociales y empresas de medicina prepaga con el objeto de incrementar el arancel profesional para hacer frente al costo creciente de los insumos y al resto de los gastos de laboratorio, incluidos desde luego los últimos aumentos salariales del personal.
En ese sentido, se han intensificado las gestiones con las prepagas médicas, toda vez que durante el pasado mes de febrero, la Secretaría de Comercio Interior autorizó un aumento del 8 por ciento en las cuotas que aplican esas empresas a sus clientes, al tiempo que advirtió que no aceptará incrementos superiores a esa cifra durante todo este año.
La advertencia de la secretaria que preside Guillermo Moreno llegó justo cuando algunas de las compañías del sector ya habían comenzado a aplicar una suba del 12 por ciento promedio en los planes.
En el mismo sentido, Comercio Interior amenazó con enviar inspectores a las empresas para verificar si cumplen con el tope de ajuste.
En las últimas semanas, las prepagas concretaron los aumentos en las cuotas mensuales que habían frenado a fines de noviembre.
En promedio, la suba es del 12 por ciento, y anticipan otro ajuste del 7 por ciento antes de abril, que no cuenta con aval oficial.
Esos aumentos estaban previstos para septiembre y diciembre de 2009, pero fueron frenados por el Gobierno.

Fondos para prestaciones

En otro orden, el ministro de Salud de la Nación, Juan Manzur, entregó al gobernador de Buenos Aires, Daniel Scioli, la resolución por la que se transfiere a la provincia más de 221 millones de pesos destinados a las prestaciones médico-asistenciales de los beneficiarios del Programa Federal de Salud (PROFE).
El Programa Federal de Salud da cobertura médica a las personas que poseen una pensión no contributiva o una pensión graciable, que son las madres de más de siete hijos, los mayores de 70 años, quienes no están amparados por ningún beneficio previsional de retiro y sufren invalidez o discapacidad.

Fallos judiciales

Dos Cámaras Federales, una de Mar del Plata y otra de Buenos Aires, fallaron de manera contraria en demandas para que las obras sociales cubran tratamientos de fertilización asistida a través de la técnica de "ovodonación", informaron fuentes judiciales
La Cámara en lo Civil y Comercial Federal de la ciudad de Buenos Aires rechazó la demanda promovida por una pareja para que sus obras sociales cubran los gastos de tratamiento de fertilización asistida a través de la donación de óvulos, llamada también ovodonación.
Por su parte, la Cámara Federal de Mar del Plata, en un fallo difundido el recientemente hizo lugar a un recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia que rechazó una acción de amparo presentada por una pareja contra una obra social y solicitó la cobertura total e integral del tratamiento.
En el caso porteño, la pareja identificada por sus siglas G.S.E. y J.M.V. había iniciado una acción de amparo contra IOMA y Galeno S.A. para que cubran la prestación de la fertilización asistida por ovodonación hasta que la mujer quede embarazada.
Los demandantes sotuvieron que la falta de incorporación de esas técnicas en el Programa Médico Obligatorio (PMO) creado por el Estado "viola normas legales" e invocaron "el derecho a procrear".
El fallo de la Cámara admitió que la imposibilidad de procrear "es una limitación que puede afectar de manera real y efectiva la calidad de vida y salud psíquica de una pareja", pero señaló que, según la legislación vigente, los agentes del seguro de la salud no están obligados a prestaciones como la reclamada.
"La ley no ha avanzado a la par que el desarrollo de la ciencia médica y no contempla en ninguna de sus normas la cobertura de tratamientos de fecundación `in vitro`", acotaron los camaristas Martín Farrell, Francisco de las Carreras y María Najurieta.
Pese al fallo, advirtieron sobre la "necesidad" de "un debate profundo sobre el conjunto de aristas que el problema presenta y de una ley que prevea el financiamiento de los tratamientos de alto impacto" como el solicitado por la pareja.
En un caso similar planteado en Mar del Plata, la justicia consideró que la pareja demostró su afiliación a la obra social demandada, que la dificultad para concebir se genera en una disfuncionalidad femenina y que la mujer presenta antecedentes de endometriosis severa que le impide concebir hijos de manera natural.
Los camaristas indicaron, además, que el complicado cuadro de salud que presenta la mujer, sumado a las recomendaciones realizadas por médicos, acreditan la necesidad de la prestación requerida.
El fallo admite que la ovodonación "no está reglamentada en ninguna ley pero tampoco esta prohibida" y señala que, en este caso, "existe una prescripción médica que recomienda recurrir a esa técnica como consecuencia del cuadro de endometriosis severa y la escasa reserva ovárica que padece la mujer".




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