Cuenca Matanza Riachuelo:
La inmediatez postergada
“…El Estado debe proporcionar acceso a un abastecimiento regulado de agua corriente, conexión en la vivienda a la red de cloacas y tratamiento parcial de las aguas residuales… Sin embargo seguimos sin dar respuesta a la pregunta ¿Cuándo?”
Por Msc. Lic. María Constanza Munitis
Responsable del Área Gestión Ambiental del Programa de Bioseguridad, Seguridad en Instituciones de Salud y Gestión Ambiental de la Fundación Bioquímica Argentina.
El saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo es una de las deudas ambientales más importantes que tiene el Estado Nacional con sus ciudadanos.
Pese a tener una gran relevancia ambiental, estar incluida en la agenda de gobierno y disponer de recursos económicos entre otros tantos, es un gran pasivo actual y creciente de la gestión de la política.
La degradación de esta cuenca hidrográfica es histórica. Las principales sabidas causas de contaminación son los efluentes cloacales y los efluentes industriales; representando éstos los porcentajes de contaminación ambiental más elevados, dejando en tercer lugar a los vertederos a cielo abierto.
El perfil industrial con mayor impacto son las curtiembres, las galvanoplastias, los frigoríficos y las industrias lácteas.
En esta situación marco la falta de cobertura de servicios de saneamiento y la ausencia de disponibilidad de agua para consumo humano inciden e impactan fuertemente sobre el riesgo de padecimiento de diarreas, hepatitis A y parasitosis entre otras tantas enfermedades.
En 2018 se cumplirán 10 años desde que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó al Estado Nacional, a la Provincia de Buenos Aires y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el saneamiento integral de la cuenca, fijándole los objetivos de mejorar la calidad de vida de la población, recomponer el ambiente y prevenir nuevos daños. En este sentido se establecieron 14 líneas de acción, entre las que se encuentran la expansión de la red de agua potable y saneamiento cloacal en todo el territorio de la cuenca (1).
Al respecto el Estado debe regular, controlar y promover la prestación de estos dos servicios para alcanzar la cobertura universal en la cuenca.
Desde el Poder Ejecutivo el control debe ejercerlo la ACUMAR (Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo), organismo creado en 2006 mediante la Ley Nacional Nº 26.168 que se desempeña como la máxima autoridad en materia ambiental en la región. Es un ente autónomo, autárquico e interjurisdiccional que unifica el trabajo de los tres gobiernos que tienen competencia en el territorio (Nación, Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Según los datos de ACUMAR la cuenca tiene una población de 8.212.953 habitantes en una superficie de aproximadamente 2.300 km2 (2).
En cuanto a los datos referentes a la cantidad de habitantes con acceso a los servicios de agua potable y saneamiento cloacal en la cuenca, existen diferencias entre las cifras informadas por ACUMAR, por las dos principales empresas concesionarias de los servicios en la región (AySA y ABSA) y por el INDEC (3).
Conforme lo documentado en el Informe especial del Cuerpo Colegiado del año 2015 “no se cuenta con una línea de base que ilustre adecuadamente sobre la cantidad de personas que carecen de estos servicios públicos esenciales” (4).
A su vez, resulta de suma relevancia citar las falencias declaradas por la ACUMAR en la publicación “Actualización PISA 2016” en lo referido a las Obras e Infraestructura: “numerosos procedimientos fuera de la normativa vigente que los regula, como la documentación faltante en los expedientes de contratación de obras, la rendición de cuentas que registra incumplimiento de los requisitos formales y técnicos, los desembolsos de fondos y las redeterminaciones de precios” (5).
En resumidas cuentas durante los últimos años se han invertido una gran cantidad de recursos en esta cuenca hídrica, donde uno de los principales logros ha sido formar la estructura que involucra a numerosos gobiernos. Sin embargo, además del control del Estado resulta indispensable seguir promoviendo el control social y la participación ciudadana, con el fin de incrementar resultados y retroalimentar este sistema dinámico por parte de la sociedad.
El Principio 10 de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo “garantiza que todas las personas, particularmente aquellas en situación de vulnerabilidad, tengan acceso a información oportuna y confiable, puedan participar de manera significativa en las decisiones que afectan sus vidas y accedan a la justicia en asuntos ambientales, contribuyendo al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) (6).
En esta línea, el pasado 14 de junio de 2017 durante la 2º Conferencia Ambiental: Cambio Climático y las experiencias del Matanza Riachuelo y el Ganges, el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, resaltó la importancia de la ética por sobre la técnica, enfatizando que si se cuenta con claridad ética como vía de aporte trascendental a solucionar problemas de dignidad y calidad de vida de personas, los recursos técnicos y económicos no van a faltar. Resaltó también que los derechos humanos son parte de la política actual del ambiente, mencionando el artículo 41 de la Constitución Nacional Argentina. Puntualmente en lo que respecta a la Cuenca Matanza Riachuelo afirmó que la tecnología y el saber ya se conocen (7) (8).
Entonces, ¿Tenemos la respuesta a lo publicado en octubre de 2013 en el FABAINFORMA sobre Cuenca Matanza-Riachuelo- Saneamiento Ambiental?
“…El Estado debe proporcionar acceso a un abastecimiento regulado de agua corriente, conexión en la vivienda a la red de cloacas y tratamiento parcial de las aguas residuales… Sin embargo seguimos sin dar respuesta a la pregunta ¿Cuándo?” (9).
La inmediatez para resolver la compleja situación problemática marca impostergablemente la hora a los actores críticos del sistema respecto de su responsabilidad para priorizar y resolver la situación sanitaria de la población afectada.
El Estado, a través de la continuidad de distintos gobiernos debe asegurar que toda persona tenga acceso al agua potable y goce de un ambiente sano.
Los sectores vulnerables tienen la necesidad de obtener respuestas inmediatas.
Tal como lo expresó el Papa Francisco, “El respeto del agua es condición para el ejercicio de los demás derechos humanos. Si acatamos este derecho como fundamental, estaremos poniendo las bases para proteger los demás derechos. Pero si nos saltamos este derecho básico, ¿cómo vamos a ser capaces de velar y luchar por los demás?” (10).
Referencias bibliográficas
(1) Plan Integral de Saneamiento Ambiental de la Cuenca Matanza Riachuelo. Actualización PISA 2016. [En línea] http://www.acumar.gob.ar/content/documents/8/5738
(2) [En línea] http://site.acumar.gob.ar/indicadores/lista-completa.
(3) INDEC, Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas, 2010.
(4) Informe especial del Cuerpo Colegiado, coordinado por la Defensoría del Pueblo de la Nación, a siete años del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que persigue mejorar la calidad de vida de la población, recomponer el ambiente y prevenir nuevos daños en la cuenca Matanza Riachuelo. Página 34.
(5) Plan Integral de Saneamiento Ambiental de la Cuenca Matanza Riachuelo Actualización PISA 2016. Página 25.
(6) Observatorio del Principio 10 en América y Latina y el Caribe de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). [En línea] http://observatoriop10.cepal.org/.
(7) Constitución Nacional Argentina, Artículo41: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley…”
(8) Disertación del Ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación Argentina, Rabino Sergio Bergman en la 2nda Conferencia Ambiental: Cambio Climático y las experiencias del Matanza Riachuelo y el Ganges. 14 de junio de 2017. [En línea] https://www.youtube.com/watch?v=qCFdFNBi5xk
(9) Munitis M. Constanza. Cuenca Matanza - Riachuelo. Saneamiento Ambiental. FABA INFORMA Nº 493, octubre 2013.
(10)Discurso del Santo Padre Francisco a los participantes en el Seminario “Derecho Humano al Agua”, organizado por la Pontificia Academia de las Ciencias. 24 de febrero de 2017.
|
|