home  
 
  ARG
^

FBA

BIOSEGA
Prog. de Bioseguridad,Seguridad en Instit. de Salud y Gestión Ambiental.
  mail:biosega@fba.org.ar
www.fba.org.ar/biosega

Bolsas de plástico: Avances en la gestión hacia una solución ambiental

María Constanza Munitis
Licenciada en Biología (Orientación Ecología) – UNLP
Responsable del Área de Gestión Ambiental BIOSEGA - FBA

En los últimos 30 años los residuos han pasado a tener protagonismo en cada política medioambiental.
Las actividades humanas generan múltiples tipos de residuos y si bien se están aplicando estrategias para la gestión de los mismos, el volumen sigue aumentando.
La sociedad actual no concibe la actividad comercial sin la existencia de envases. El exceso en la utilización de los mismos en muchas ocasiones, es uno de los principales problemas ambientales que debemos resolver en un futuro inmediato.
A nivel internacional se han ya establecido diferentes normas cuyos objetivos son la gestión de envases y residuos de envases para prevenir o reducir su impacto sobre el medio ambiente.
En Europa, la primer Directiva comunitaria que trató el tema de los envases fue la 85/339, la cual regulaba únicamente aquellos que contenían líquidos para consumo humano. Esta Directiva tuvo un ámbito de aplicación muy limitado y su aplicación fue un fracaso.
Por ello, en virtud del gran volumen de envases y sus residuos, la Unión Europea aprobó el 20 de diciembre de 1994 la Directiva 94/62/CE, cuyos dos objetivos principales son proteger el medio ambiente y garantizar el funcionamiento del mercado interior de la comunidad.
La Directiva se aplica a todos los envases existentes en el mercado de la Comunidad con independencia de los materiales de que estén fabricados y a todos los residuos de éstos, tanto si son utilizados o desechados por las industrias, comercios, oficinas, servicios, hogares, etc.
Asimismo la norma UNE-EN 13432 incluye los requisitos de los envases y embalajes valorizables mediante el compostaje y la biodegradación.
Biodegradable es el material susceptible de sufrir cambios en la estructura química del mismo a través de la actividad biológica mediada por acción enzimática.
El nivel de aceptación mínimo es igual a 90% y se tiene que alcanzar durante menos de 6 meses según la UNE EN 13432.
La compostabilidad es la susceptibilidad a sufrir un proceso de biodegradación aeróbica cuyo resultado final será una sustancia de color oscuro estable biológica y físicamente (compost), dióxido de carbono, agua y calor suficiente para asegurar la eliminación de organismos patógenos.
Un material biodegradable no es, necesariamente compostable, ya que el mismo podría o no desintegrarse durante un ciclo de compostaje posterior.
Esta norma ha sido elaborada bajo un Mandato dirigido al Comité Europeo de Normalización (CEN) por la Comisión Europea y por la Asociación de Libre Cambio. Forma parte de una serie de normas e informes para dar apoyo a la Directiva 94/62/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
Además, la norma UNI-EN 13432:2000 especifica los requisitos y procedimientos para determinar la compostabilidad y el tratamiento anaeróbico del envasado y el envasado de los materiales a partir de cuatro características: la biodegradabilidad, la integración durante el proceso biológico, el efecto en el tratamiento del proceso biológico y el efecto y la calidad del compostaje resultante.
En el caso que un envase constituido por diversos componentes, algunos de los cuales pueden ser compostables y otros no, será considerado no compostable en su conjunto. Si los componentes pueden ser fácil y manualmente separados antes de la disposición final, en dicho caso la proporción compostable podrá ser tratada como tal.
Específicamente en Italia, hoy en día muchos negocios y cadenas comerciales están aplicando la norma UNI-EN 13432, sustituyendo las bolsas de polietileno por aquellas biodegradables que privilegian la utilización de materias primas acordes; las llamadas “bolsas verdes” producidas según la norma de referencia.
A partir de la Ley N°296 del 27/12/2006 (Ley Financiera para el 2007), se estableció en Italia la prohibición de la comercialización de bolsas no biodegradables para la entrega de mercadería. Sin embargo a partir de la Ley N°102 del 3 de Agosto de 2009, la fecha fue prorrogada hasta el 1 de Enero de 2011.
En virtud de ello, algunas administraciones públicas, en particular los municipios, están trabajando en forma anticipada a la entrada en vigor de la Ley nacional.

Experiencias internacionales en la gestión de las bolsas plásticas
A continuación se describen algunas experiencias con mérito de ser destacadas.

‹ Italia
En el caso de la Región Piemonte, a través de acuerdos firmados con cadenas de supermercados se premia con descuentos a los ciudadanos que realicen sus compras con bolsas reutilizables, anticipando la prohibición de las “bolsas monouso” de plástico a partir de enero de 2011.
Los ciudadanos que se presentan en las cajas de los supermercados y exhiban la bolsa reutilizable con toda la mercadería comprada, disponen de la posibilidad de obtener un descuento de 5 euros.
En total existe una disponibilidad de 17.544 “vouchers” por el valor antes mencionado para ser utilizados hasta el 27 de marzo de 2010.
Cabe señalar el alto grado de participación e involucramiento del sector comercial, siendo más de 300 los supermercados adheridos a esta iniciativa regional, cuyo slogan publicitario y de sensibilización encabeza la campaña diciendo: “Nessuna scusa, la borsa si riusa”, ninguna excusa, la bolsa se reutiliza.
Asimismo la Ciudad de Torino, también pertenciente a la Región Piemonte, una de las pioneras en afrontar la gestión de bolsas plásticas, ha iniciado un programa que prevé la prohibición gradual de distribución de bolsas de polietileno para realizar las compras.
Dicho programa se basa fundamentalmente en un acuerdo con las asociaciones de comercio, que prevé dos fases temporales. La primera fase se ejecutará hasta el 31 de marzo de 2010 y la segunda desde abril hasta diciembre de 2010. Durante la primera fase se realizará un programa piloto dedicado a la difusión de “buenas prácticas” de la no utilización de bolsas convencionales (no biodegradables), pasando luego a la segunda fase a partir de abril 2010. A partir de esta fecha se prohibirá a toda actividad comercial que se desarrolle en el territorio de la ciudad, la distribución a los consumidores de bolsas que no cumplan con los criterios de biodegradabilidad establecidos por la normativa comunitaria y las normas técnicas aprobadas a nivel municipal. Dicha prohibición involucra tanto a bolsas que se entregan gratuitamente como aquellas que son vendidas.
Otro ejemplo que muestra los avances respecto de la utilización de bolsas biodegradables en Italia es el de la Región Lombardía, particularmente en la Provincia de Milano. Esta última ha desarrollado un proyecto con el fin de reducir el uso de bolsas plásticas desde el origen. En abril de 2009, la provincia junto a cadenas de super e hipermercados y compañías de logística, pusieron a disponibilidad de los consumidores 2,5 millones de bolsas biodegradables. Las mencionadas bolsas son de un material llamado Mater-Bi®, fabricado con recursos renovables de origen agrícola que garantiza una resistencia física similar a las bolsas plásticas convencionales.
De esta manera se disminuye también la emisión de gases de efecto invernadero y el uso de energía y recursos naturales no renovables.
La iniciativa representa el primer paso de una colaboración que involucra actores importantes en el ciclo de emisión de residuos plásticos, para lo cual se utiliza una campaña de sensibilización, involucrando el comportamiento de productores, distribuidores y consumidores.
Las cadenas comerciales involucradas lo ven hoy en día como un deber y no como una ventaja comercial a ser utilizada publicitariamente.

‹ Francia
En Francia el Ministerio de Ecología y Desarrollo Sostenible junto a representantes de entes locales y empresas comerciales y grandes distribuidoras firmaron un acuerdo marco con el fin de aumentar la oferta de bolsas biodegradables y favorecer la recolección selectiva de residuos orgánicos.
Este acuerdo se basa en la ley de ordenamiento agrícola de enero de 2006, particularmente el artículo 47 tiene el objetivo de favorecer el desarrollo de productos biodegradables constituidos de recursos de origen vegetal.
El acuerdo, parte del Plan de Acción de Residuos 2009-2012, incluye cuatro puntos importantes:
Aumentar la disponibilidad de bolsas bioplásticas para destinar a la recolección de residuos orgánicos.
Sensibilizar a los consumidores.
Desarrollar la gestión de residuos orgánicos mediante el compostaje.
Monitorear el Acuerdo.

‹ Emiratos Arabes Unidos
A partir de enero de 2013 en los Emiratos Árabes se prohibirán las bolsas de plástico tradicionales. Las mismas deberán ser reemplazadas por bolsas biodegradables o bolsas reutilizables. Para ello se ha comenzado con una campaña trienal de sensibilización para promover soluciones alternativas.
Es un desafío no imposible para uno de los estados del mundo más ricos en petróleo y centro también de un gran consumismo y lujo.
La prohibición sigue las normas de otros países tales como Australia e Irlanda que han ya introducido una prohibición similar.
El Ministerio de Ambiente y de la Conservación del Agua está elaborando la norma que prohibirá las bolsas no biodegradables. La ley, todavía en fase de borrador, deberá entrar en vigor el 1 de Enero de 2013.
Se ha iniciado una campaña publicitaria en los centros comerciales, recordando la necesidad de contar con una bolsa de materiales alternativos como algodón, papel o plásticos biodegradables. En los próximos tres años, la campaña de sensibilización incluirá a los medios y a las escuelas.
Siguiendo el slogan “Emiratos Árabes Unidos libre de las bolsas de plástico”, la campaña ha ya logrado una destacada resonancia entre los jóvenes.

‹ Republica Argentina - Marco legal
Con objeto de proteger el medio ambiente, se están impulsando y se han establecido normas legislativas que regulen la utilización de materiales biodegradables.
A nivel provincial y local se han sancionado diversas normas.

Normativa voluntaria - Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM)

En el mes de noviembre de 2007 y en respuesta la solicitud de la Subsecretaría de Política Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, se creó en el ámbito de la Gerencia de Energía y Ambiente de la Dirección de Normalización del IRAM, una Comisión de estudio de normas con el objeto de elaborar un documento normativo de terminología para definir y clarificar un lenguaje común en lo que respecta a materiales plásticos en general.
Dicha comisión, la cual lleva el nombre de “Materiales Plásticos Biodegradables/Compostables” está conformada por representantes de la industria, autoridad de aplicación, Organizaciones No Gubernamentales y miembros de sectores científico y tecnológicos.
Esta Comisión ya ha terminado el estudio de la norma sobre terminología, la misma ya se encuentra publicada: IRAM 29420 Materiales plásticos biodegradables y/o compostables. Terminología.
En lo que respecta al Plan de Estudio 2010 de dicha Comisión, está programado el estudio de las normas:
• IRAM 29421 - Calidad ambiental - Materiales plásticos biodegradables y/o compostables. Requisitos de los materiales plásticos para ser valorizados mediante compostaje y biodegradación.
• IRAM 29422 - Determinación de la biodegradabilidad aeróbica última de los materiales plásticos bajo condiciones controladas de compostaje. Método mediante el análisis del dióxido de carbono liberado. Parte 1: Método general.
• IRAM 29423 Determinación de la biodegradabilidad aeróbica última de los materiales plásticos bajo condiciones controladas de compostaje. Método mediante el análisis del dióxido de carbono liberado. Parte 2: Medición gravimétrica del dióxido de carbono liberado.
Como antecedentes para el estudio de las Normas IRAM 29422 e IRAM 29423, se utilizarán las normas ISO 14855-1 e ISO 14855-2.

Comentarios finales

En virtud de las experiencias internacionales expuestas en este artículo y siguiendo el objetivo de comenzar a reducir la problemática de los residuos en nuestro país, es de destacar la importancia de contar con un marco legal rígido reglamentado y con fechas límites claras de adaptación y cumplimiento.
La normativa deberá establecer requisitos técnicos que deban cumplir los envases y sus residuos, pero su disminución y reutilización sólo será posible si se crea un mecanismo dentro del mercado.
En cuanto a ello, el sector industrial - comercial de nuestro país debe ser obviamente una parte indispensable del inicio de la solución como un importante agente de cambio.
Para esto último el reconocimiento corporativo de la problemática, la generación del pensamiento colectivo entre empresas, estado y usuarios y el aporte de ideas hacia una solución apoyada por el sector científico será, como en los países mencionados precedentemente, un buen ejemplo a seguir.
Respecto de la responsabilidad ciudadana como consumidora, es de suma importancia lograr cambios de hábitos de consumo. Invertir la tendencia y reducir el alto uso de plásticos es posible, bastan pequeños cambios en nuestro estilo de vida, como utilizar en menor medida las bolsas plásticas y sustituirlas luego por aquellas reutilizables como por ejemplo de tela, papel, algodón o fibras vegetales.
Un cambio justo también requerirá de la reconversión y adaptación de los hasta ahora involucrados en el círculo de producción y comercialización de bolsas plásticas convencionales.
El desafío es estar informados, involucrados para luego adoptar comportamientos, actitudes y responsabilidades.

 

En marcha CALILAB 2010

 
Bolsas de plástico: Avances en la gestión hacia una solución ambiental
Seminario para la gestión de calidad
CURSOS PRESENCIALES 2010
www..fba.org.ar
mail:info@fba.org.ar
Tel: (+54 +11) 4374-6295
ERRORES PEEC PAL PROECO
PECIL PROCAL BIOSEGA PROCORDIS


Optimizado para 1024x768px l Recomendado: Explorer 5.0 ó superior.
Soporte Técnico: webmaster@fbpba.org.ar l Diseño:
info@naranhaus.com
Copyrigth © 2003 l Federación Bioquímica de la Provincia de Buenos Aires: secpres@fbpba.org.ar